LEY CONTADORA

CENTRO REGIONAL

UNIVERSITARIO PANAMÁ ESTE

 

ESTUDIANTES:

 Yainiseth Gonzalez  8-995-1648 

Janelis Jimenes 8-1017-200

Indiana Guillen 8-956-918 

Lizdianys Lasso 8-983-375

 

PROFESOR:

LUIS AGUILAR 

 

ASIGNATURA:

 

CONTABILIDAD I

 

CARRERA:

 

LIC. PARA LA GESTIÓN EMPRESARIAL Y EDUCATIVA.

 

TEMA:

LEY CONTADORA 


  LEY CONTADORA




La nueva Ley 280 de 30 de diciembre de 2021 mediante la cual deroga la Ley 57 de septiembre de 1978 (Ley del Contador) y el Decreto 68 del 29 de octubre de 1986.













El artículo 4 de esta Ley 280 establece para ser designado en el cargo de contador, así como contador jefe, subjefe y de auditor jefe, subjefe en instituciones públicas y privadas, se requiere tener título universitario de Licenciado en Contabilidad e idoneidad de Contador Público Autorizado expedida por la Junta Técnica de Contabilidad.



El objeto de este escrito es hacerles notar a todos ustedes, la obligación de cambios y reingeniería actual en su estructura organizacional, sobre el rol de quien realiza las funciones de Contador o funciones similares, ya que ahora con este nuevo marco legal, se define con precisión algunos otros actos propios del Contador Público Autorizado que hasta el momento no estaban claros, en cumplimiento y en apego de esta nueva Ley.



Siendo así, ahora se acentúan más las funciones que debe ejercer el Contador Público Autorizado idóneo, de esto último, debo resaltar el concepto “idóneo”, el cual consiste en un adjetivo que deriva del latín “idoneus” que indica a todo aquello que posee buena disposición o suficiencia para una cosa. 




Esta nueva Ley debe generar no solamente un cambio en las actuales estructuras organizacionales en los distintos sectores (público o privado), sino también debe realzar el valor de sus funciones y resultados.



Rescato también un parágrado de esta Ley que les permite a todas las entidades públicas y privadas a quienes estén ejerciendo dichas posiciones sin poseer la idoneidad de Contador Público Autorizado, tendrán un período de tres años para obtener la idoneidad de Contador Público Autorizado.









Comentarios

  1. buenos dias compañeros que les puedo decir me encanto su trabajo los felicito creo que ese era el objetivo cambiar la dinamica de los proyectos no tanta lectura como lo dijo el Profesor, felicidades

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  2. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  3. Buen trabajo, pude informarme sobre las leyes y detalles de ser contador,los artículos y demás.

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  4. Felicidades, chicos tema interesante, cada día se aprende algo nuevo, en la contabilidad hay un sín números de temas , ser contador es un privilegio.Los artículos fueras de serios.

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